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Profeco informa y alerta a los consumidores sobre Interjet

Tiempo de lectura: 3 minutos

Como es del dominio público, INTERJET enfrenta desde hace varios meses diversas problemáticas en su operación comercial, entre ellas, la suspensión de diversas rutas internacionales, la falta de pago a su personal, la suspensión de la licencia para operar el servicio aéreo internacional a Canadá y el embargo de cuentas bancarias, bienes y marcas por parte de la autoridad fiscal.

Con motivo de la prestación del servicio de transporte aéreo, la PROFECO ha recibido durante este año, 1,542 quejas de los consumidores, de las cuales 904 se encuentran en trámite, siendo el principal motivo de reclamación la cancelación de vuelos.

Si bien a partir del inicio de la contingencia sanitaria, la aerolínea implementó una política de otorgamiento de vouchers electrónicos para los vuelos cancelados por el monto de las reservaciones originales, con vigencia de un año a partir de su emisión, PROFECO ha recibido múltiples quejas pues muchos vuelos siguen siendo cancelados, lo que les impide hacer uso de este mecanismo. A su vez, dichos incumplimientos redundan en la afectación directa de los derechos humanos de las y los consumidores y su reparación del daño.

Aunado a lo anterior y como se informó mediante comunicado del 29 de abril de este año, a requerimiento previo de información, INTERJET no acreditó a PROFECO estar operando la cantidad necesaria de aviones de acuerdo con las condiciones de demanda que existen por el tema de la contingencia sanitaria.

El caso más reciente, imputable plenamente a la aerolínea, consistió en la cancelación de vuelos los días 31 de octubre, así como 01 y 02 de noviembre de 2020, afectando a un total de 3,099 pasajeros.

En este contexto, se presume que, en las condiciones actuales, INTERJET no brinda certeza, equidad ni seguridad jurídica a los consumidores en su relación comercial, con medidas que garanticen la efectividad y cumplimiento de sus obligaciones.

Por lo expuesto y a fin de prevenir posibles afectaciones a una colectividad de consumidores, así como a sus itinerarios, planes y compromisos personales o familiares, PROFECO informa y alerta sobre el riesgo de establecer relaciones comerciales con INTERJET, con motivo de los reiterados incumplimientos a las disposiciones jurídicas en perjuicio de los derechos de los consumidores.

Todo consumidor que se sienta afectado en sus derechos puede acudir ante PROFECO para presentar su reclamación, ya sea de manera electrónica a través de Concilianet: https://concilianet.profeco.gob.mx/Concilianet/inicio.jsp; o bien, en cualquiera de las Oficinas de Defensa del Consumidor del país: https://www.gob.mx/profeco/acciones-y-programas/oficinas-de-defensa-del- consumidor-en-el-pais.

Para recibir mayor información o asesoría, también pueden comunicarse al Teléfono del Consumidor, 55 5568 8722 y al número 800 468 8722, en un horario de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 horas; sábados, domingos y días festivos de 10:00 a 18:00 horas. También disponible en:

  • http://telefonodelconsumidor.gob.mx/
  • WhatsApp: 55 8078 0488, 55 8078 0485, 55 8078 0344 y 55 8078 0484.
  • Correo electrónico: asesoria@profeco.gob.mx
  • Twitter: @Profeco, @AtencionProfeco
  • Facebook/Profeco Oficial

No se omite mencionar que, en 2018, PROFECO presentó una demanda de acción colectiva en contra de INTERJET, por inconformidades presentadas por los consumidores a partir del año 2014 y hasta la fecha en que se resuelva el juicio, por los siguientes motivos: a) Cancelación de vuelos de manera intempestiva y por causas imputables a la aerolínea, b) Pérdida de vuelos, cuya carga monetaria es a cargo y perjuicio del patrimonio del consumidor, c) Demora de vuelos, d) Cambio de itinerarios de vuelos nacionales e internacionales de forma unilateral y sin previo aviso a los consumidores, e) Pérdidas de conexión a vuelos internacionales, como consecuencia de las demoras de los vuelos, f) Penalizaciones superiores a la ley que originan cobros indebidos, g) No respetar las tarifas de precios ofrecidas originalmente, h) Condicionamientos y restricciones de los servicios de transportación aérea, i) Cambios unilaterales y sin previo aviso a los pasajeros, j) Cobros indebidos o incorrectos de manera unilateral, y k) Equipaje (maltrato, pérdida, entre otros).

PROFECO/CDMX. Noviembre 3 de 2020

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